lunes, 21 de febrero de 2011

PLANES DE PENSIONES.

En este tercer post, planteare el tema de los planes de pensiones.

¿Qué es un Plan de Pensiones?

              Un plan de pensiones es una modalidad de ahorro a largo plazo, complementaria a las coberturas de la Seguridad Social española. Son instrumentos de previsión libre y voluntaria, creadas a favor de un beneficiario. Estos aportes a su vez serán invertidos por medio de un fondo de pensiones.

             Los planes de pensiones establecen obligaciones y derechos entre sus partes y están regulados mediante un contrato.  

             El Plan de Pensiones es un producto para ahorrar con muy buenas ventajas fiscales. Se va aportando un capital periódico para la jubilación, que se desgrava en la declaración de renta. También se puede cobrar en caso de invalidez. Excepcionalmente se puede cobrar en otros casos de importancia, como puede ser enfermedad grave, desempleo superior a 12 meses sin percibir subsidio, etc.

            Lo habitual es cobrarlo al jubilarse, acudiendo a la entidad gestora del Plan dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de jubilación. Si no tienes acceso a la jubilación (por no haber cotizado lo necesario a la Seguridad Social), se cobrará a partir de la edad ordinaria de jubilación en el Régimen General de la Seguridad Social (65 años), en el momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. Se puede cobrar todo el capital de golpe al jubilarse o en forma de renta periódica. 

           En caso de fallecimiento son los herederos los que dispondrán del capital del plan de pensiones con ciertas peculiaridades fiscales.

              Los Planes de Pensiones son transferibles de un Plan a otro, esto es beneficioso para el ahorrador que puede traspasar su plan a otra entidad para obtener mayores beneficios.



              Fiscalmente, el límite anual de las reducciones por aportaciones realizadas a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se calcula de forma conjunta. Dichas aportaciones reducen la base imponible del IRPF. Así, puede obtenerse un ahorro fiscal de hasta un 45% según sus ingresos anuales, y según la legislación fiscal vigente en España en julio de 2004.

           El límite máximo de reducción es de 8.000 euros anuales para partícipes, mutualistas o asegurados de hasta 52 años. A partir de los 52 años, el límite de reducción se aumenta en 1.250 euros por cada año que exceda de 52 la edad del contribuyente, con el límite máximo de 24.250 euros anuales para los partícipes, mutualistas o asegurados de 65 años o más (ver tabla abajo). Sin que en ningún caso la base liquidable puede resultar negativa.Las cantidades aportadas que no se hayan podido reducir por exceder de los límites descritos lo podrán ser durante los 5 años siguientes.

          En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al IRPF, debiéndolo declarar en la declaración de la Renta en concepto de rendimientos del trabajo.










TIPOS


Estos planes se pueden catalogar de varias formas, dependiendo de diferentes metodologías de clasificaciones.



Planes de pensiones según el tipo de inversores

En función de quien los promueve los planes de pensiones pueden ser:

·  Individuales: son aquellos que una persona contrata con una entidad financiera por iniciativa propia y de forma independiente.

·  De empleo: son aquellos cuyo promotor es una empresa determinada. Son un tipo de retribución a los trabajadores.

·  Asociados: son aquellos que se contratan para un colectivo determinado. El promotor suele ser una asociación y los partícipes, sus miembros.

Planes de pensiones según forma de inversión

En función del tipo de inversiones que realizan, los planes de pensiones pueden ser:

·  Renta Variable: son aquellos que, como mínimo, invierten un 75% del capital en renta variable y el resto, en renta fija. La renta variable es un tipo de inversión cuya rentabilidad está en función de la cotización de los valores en los que se invierte.

·  Renta Mixta Variable: son aquellos que invierten entre un 30% y un 75% del capital en renta variable y el resto en renta fija.

·  Renta Fija: son aquellos que solamente invierten su capital en renta fija. Ésta es un tipo de inversión en la que se conoce la rentabilidad que va a generar desde el momento en que se hace.

·  Renta Fija Mixta I: son aquellos que invierten hasta un 15% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

·  Renta Fija Mixta II: son aquellos que invierten entre un 15% y un 30% del capital del fondo en renta variable y el resto en renta fija.

Planes de pensiones según el tipo de aportación

En función de las obligaciones exigidas en su contrato, los planes de pensiones pueden ser:

·  Planes de aportación definida: son aquellos en los que se establece el importe económico que cada persona debe depositar.

·  Planes de prestación definida: son aquellos en los que se establece la cantidad económica que las personas van a recibir en el momento de la jubilación, o cualquier otra situación autorizada para el cobro de las prestaciones. Suelen ser planes de pensiones a plazo fijo.

·  Planes mixtos: son una mezcla de los dos anteriores. Son aquellos en los que se fijan los importes económicos que cada partícipe debe aportar y la cantidad que recibirá tras cumplirse los requisitos establecidos para el cobro del plan de pensiones.

Y hasta aquí el post sobre los temas de planes de pensiones, espero que os haya gustado! hasta el próximo.









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